jueves, 18 de marzo de 2010

El intercambio de archivos es legal en España.

En España, el intercambio de archivos es legal. O esto podemos deducir de la sentencia histórica de un juez de lo civil en Barcelona.

Esta sentencia sobre los P2P cierra la última vía que ha intentado la SGAE, tras agotar la via penal, para declarar el intercambio de archivos como ilegal.


La SGAE decidió probar suerte en al vía civil, presentando una denuncia contra la web elrincondejesus.com por considerar que infringía la ley en materia de propiedad intelectual. Tres años después, el magistrado dictaba sentencia y declaraba sobreseído el caso.


La SGAE ha interpuesto hasta la fecha unas 40 demandas en los juzgados de lo penal y ni uno sólo les ha dado la razón (Excepto un caso donde los denunciados  pactaron con los demandantes y se declararon culpables).


El juez declara en una frase histórica “el sistema de enlaces constituye la base misma de Internet y multitud de páginas y buscadores (como Google) permiten técnicamente hacer aquello que precisamente se pretende prohibir en este procedimiento, que es enlazar a las llamadas redes P2P“.
Don Raúl García Orejudo considera que el sistema de ‘links’ o enlaces no supone ni distribución, ni reproducción, ni comunicación pública de las obras protegidas, ya que lo único que creó el autor del sitio demandado es un mero índice que facilita la búsqueda en redes de intercambio de archivos. Pero todavía va más allá puesto que afirma que “las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios de Internet, no vulneran derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual“.
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